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jueves, 27 de septiembre de 2012

LEY No. 4 de la COMANDANCIA GENERAL

Tal como lo había anunciado Radio Rebelde, al día siguiente, la Comandancia General promulgo la Ley No. 4: Sierra Maestra,19 de Octubre de 1958.



LEY No. 4 Contra la agresión Inglesa al Pueblo de Cuba, dictada por la Comandancia General del Ejército Rebelde. Ejército Rebelde 26 de Julio, Jefatura.

POR CUANTO: El incontenible desarrollo de la Revolución Cubana, ha lanzado a la tiranía a una desenfrenada carrera de compra de armamentos que en definitiva es impotente para impedir la victoria, compromete más aún de lo que está el crédito de la Republica, y somete a la población del País a mayores atropellos en su creciente política de asesinatos.



POR CUANTO: La venta a la tiranía de aviones y equipos bélicos y de otra clase, constituye una ayuda manifiesta a quienes usurpando los mandos públicos mantienen a la población cubana sometida al más inhumano régimen de fuerza, desconociéndose por el Gobierno extranjero que se presta a semejante colaboración, los más elementales principios y derechos de los pueblos y de la persona humana.



POR CUANTO: El Gobierno de Inglaterra, ha desoído cuantas apelaciones se le han formulado por el pueblo de Cuba, y ha accedido a la venta de aviones de guerra al Gobierno de la Tiranía, con los cuales ésta intenta persistir en la macabra tarea de ametrallar pueblos y ciudades abiertas, hogares de campesinos indefensos, aparte del plan de cobardes represalias contra las invencibles columnas del Ejército Rebelde, en combate leal frente al enemigo.



POR CUANTO: La nación cubana, está obligada a defenderse por igual de los enemigos internos como de los externos y a tomar contra unos y otros las medidas adecuadas contra tales agresiones.



POR CUANTO: Frente a la ayuda militar extranjera a la Tiranía, la Revolución Cubana denuncia la situación beligerante en que se ha colocado el Gobierno de Inglaterra, al tomar partido contra el pueblo cubano, en la guerra que está librando para reconquistar sus libertades.



POR CUANTO: Consecuentemente con la actitud beligerante, de hecho adoptada por el Gobierno Ingles, los bienes de los ciudadanos ingleses deben responder del daño material, moral y en vidas humanas que esos aviones ocasionen a Cuba.



POR CUANTO: Inglaterra no es lo suficientemente poderosa para intimidar a los cubanos que luchan por la libertad



POR CUANTO: Inglaterra no es lo suficientemente poderosa para realizar impunemente esa intervención en la lucha interna de Cuba.



POR CUANTO: Inglaterra no es lo suficientemente poderosa para despreciar el sentimiento de un pueblo heroico destinado a ser masacrado con los aviones que le vende a Batista.



POR TANTO: En uso de las facultades que este mando esta investido y como Poder constituido en representación del Pueblo de Cuba , alzado en armas contra la Tiranía, se dicta la siguiente Ley número 4, contra la agresión inglesa al Pueblo de Cuba.



ARTÍCULO 1: A partir del momento en que sean recibidos por el Gobierno de la Tiranía, los aviones ingleses de guerra y equipos bélicos de otras clases, procedentes de Inglaterra, y con autorización de su Gobierno, tendrán vigencia los artículos de esta ley y los preceptos de la misma serán aplicables solamente a los bienes y funcionarios Ingleses, no así; a los del Dominio de Canadá, o demás naciones que integran el Reino Unido.



ARTÍCULO 2: Se declaran propiedad del Ejército Rebelde, todos los bienes de Compañías y ciudadanos Ingleses radicados en el Territorio Libre, cuyo valor será dedicado a la adquisición de armas para combatir la Dictadura.



ARTÍCULO 3: Todos los bienes de Compañías y ciudadanos ingleses radicados en el resto del territorio Nacional se declaran igualmente propiedad del Pueblo de Cuba, para responder a los perjuicios morales, materiales y en pérdidas de vidas que se deriven del suministro de aviones de guerra al dictador Batista.



ARTÍCULO 4: Cualquier funcionario Diplomático, Consular o súbdito Ingles que a los diez días de llegados esos aviones no hayan abandonado el territorio Nacional podrán ser detenidos e internados en Territorio Libre, como agentes de un gobierno agresor.



Dada en la Sierra Maestra, a los 19 días del mes de Octubre de 1958. Dr. Fidel Castro Ruz, Comandante en Jefe Dr. Humberto Sorí Marín, Auditor General





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Tomado del libro Inédito "Contra el Ejército" de Manuel Graña Eiriz

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GRUPO DE HISTORIA DE LA LUCHA REVOLUCIONARIA EN SANTA CLARA (ACRC)

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